La publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que determinaba la implantación del Estado de Alarma, junto con el Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo, ha precisado con más detalle los sectores esenciales que no quedan afectos a la limitación en el desarrollo de su actividad. Adicionalmente se han incorporado otros servicios necesarios para que los citados sectores esenciales puedan trabajar con normalidad. El epígrafe 5 del ANEXO del Real Decreto Ley 10/2020 especifica:
- 5. Aquellas imprescincibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actividades esenciales recogidas en este anexo.
Entendemos que LUBRITEC empresa especialista en lubricación industrial que suministra lubricantes para muchos procesos productivos de los llamados “esenciales”, queda amparada en el epígrafe y que por tanto continuará prestando servicio a las industrias para garantizar el funcionamiento de la maquinaria productiva, teniendo siempre presente la prioridad de velar por la salud de sus trabajadores.